Coberturas del Seguro de Viaje

CONDICIONES PARTICULARES - SEGURO RECEPTIVO

Queda expresamente convenido que las obligaciones del Asegurador derivadas de la cobertura de esta póliza, finalizan en el instante en que el Asegurado haya regresado a su domicilio habitual, o haya sido ingresado en un centro sanitario situado como máximo a 25 km de distancia del citado domicilio (15 km. en las Islas Baleares y Canarias).

Cuando el país de origen del viaje no coincida con el del domicilio habitual del Asegurado, la prima a aplicar será la que correspondería de considerar que el viaje se ha iniciado en el país de su domicilio habitual.

FAMILIARES DEL ASEGURADO:

A efectos del seguro, tendrán la consideración de familiares del ASEGURADO su cónyuge, pareja de hecho, o persona que como tal conviva permanentemente con el ASEGURADO, así como sus familiares hasta segundo grado de parentesco, tanto en línea recta como colateral y ya fuese por consanguinidad o afinidad.

También se considerarán, a estos efectos, familiares del ASEGURADO a cualquier persona que conviva con el Asegurado que acredite dicha convivencia mediante certificado de empadronamiento

GARANTÍAS Y CAPITALES ASEGURADOS

Son objeto del presente seguro los artículos que aparezcan como contratados en el siguiente cuadro de garantías con los límites expresados.

GARANTIA DE ASISTENCIA -INCLUIDA COBERTURA COVID19

Garantías CubiertasLímites
Asistencia Médica Sanitaria (Mundial)
* En los supuestos de enfermedad se requerirá una hospitalización del Asegurado como mínimo de una noche.
30.000€
Gastos Odontológicos Urgentes100€
Repatriación o transporte sanitario de heridos o enfermosIlimitado
Repatriación o transporte del asegurado fallecidoIlimitado

Garantías de Equipaje

Garantías CubiertasLímites
Pérdidas Materiales (Mundial)150€

Ampliaciones Opcionales

Asistencia Médica
Anulación
Equipajes

PRESTACION DE LOS SERVICIOS:

La prestación de los servicios previstos en esta póliza será atendida por el ASEGURADOR. A los efectos de la urgente prestación de los servicios, el  ASEGURADOR facilitará al Asegurado documentación acreditativa de sus derechos como titular, así como de las instrucciones y número de teléfono de urgencia.

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